en consecuencia, se acuerda DECRETAR PROVISIONALMENTE. En cuanto a la MEDIDA PROVISIONAL de SECUESTRO, lo siguiente: PRIMERO: Sobre el Vehículo: 1) Marca: FORD, Modelo: Fiesta 1.6, Categoría Particular, Serial Carrocería: 8YPB01C418A18478, Año 2001, Color: Gris, Uso: Particular, Serial Motor: -1 A18478, Clase: Automóvil, Placas BAN76B, perteneciente al ciudadano BORIS JOSE RODRIGUEZ DELLAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.299.921, correspondiente a la Comunidad Conyugal de los esposos RODRIGUEZ SALAZAR, plenamente identificados.- SEGUNDO: En cuanto a la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre el Cincuenta por Ciento (50%) del fondo que existe actualmente en la Cuenta Corriente Nº 0105-0250-13-1250051851, de la Entidad Bancaria Banco Mercantil, a nombre del demandante, ciudadano BORIS JOSE RODRIGUEZ DELLAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.299.921, correspondiente a la Comunidad Conyugal de los esposos RODRIGUEZ SALAZ.....