Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado Pedro Luís Pérez Burelli, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 20 de mayo de 2008, que declaro la perención de la instancia en el juicio por COBRO DE BOLIVARES, seguido por BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A., en contra de la Sociedad Mercantil CERO GRADOS CAFE, C.A., y del ciudadano Osvaldo Rafael Hernández Pernia en su condición de fiador, ambas partes suficientemente identificadas de autos. En consecuencia, se REVOCA la sentencia apelada.