Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los imputados a JHONATAN ERWIN HERNANDEZ BLACKMANM, venezolano, Cédula de Identidad Nro. 17.359.507, natural de Lechería, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 19-12-1986, hijo de JOSE ANGEL HERNANDEZ E IRMA BLACKMANM, de profesión u oficio Estudiante de Derecho domiciliado en Residencia Cati II, Lechería, Piso 7-B, 7B, Estado Anzoátegui, JOSE MANUEL ALFONZO VILLEGAS, venezolano, Cédula de Identidad Nro. 17.244.229, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 23-08-1987, hijo de LUIS SOLORZANO Y AIDA SOLORZANO, Soltero, de profesión u oficio Mecanico, domiciliado en Boyaca II, Calle 8, Vereda 25, Casa 24, Estado Anzoátegui, TOMAS ENRIQUE VELASQUEZ DIAZ, venezolano, Cédula de Identidad Nro. 17.222.589, na.....