Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor de las imputadas ZENAIDA DEL CARMEN MORALES CABELLO, quien es venezolana, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.275.728, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 05-06-1971, de 35 años de edad, de estado civil casada, profesión u oficio Recepcionista, hija de FRANCISCO ROMERO (D) y TCLARA CABELLO (v), residenciada en la Calle Brisas del Sur, Casa N° 30, Barrio Razetti II, Barcelona Estado Anzoátegui y FANNY CLARENIS MORALES ROMERO, quien es titular de la Cédula de Identidad N° 19.611.636, venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 18-04-1988, de 18 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio.....