En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Primero de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INACTIVIDAD PROCESAL, en la presente la presente demanda de MODIFICACION DE CUSTODIA, y los recaudos acompañados, presentada por la Fiscal Décima Primera Especial Del Ministerio Publico En Materia De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes, Civil E Instituciones Familiares De La Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, abogada EGRIS LIRA ZAMBRANO, a requerimiento de la ciudadana MIRTHA ELENA FARIÑAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.287.450, domiciliada en Puerto la Cruz , Las Charas, Calle el Limón, Urbanización Divino Niño, casa Nº 26, en contra del ciudadano VICTOR JOSE SIFONTES, venezolano, mayor, de edad, titular de l.....