Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDA LA PRESENTE QUERELLA incoada por los Abogados IRIS SOLANLLE ALBARRAN PEREZ y WILMER JESUS MALDONADO GAMBOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V-11.711.371 y V-10.156.221, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 80.443 y 67.025 respectivamente, actuando como Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil EDITORIAL BERENGUER, inscrita en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 27 de Octubre de 1998, bajo el N° 34, Tomo 258-A-Qto, por el delito de APROPIACION INDEBIDA CONTINUADA previsto y sancionado en el artículo 468 del código penal, en concordancia con el artículo 99 Ejusdem, en contra del ciudadano MARIO CASTELLON, de nacio.....