El Tribunal Admíte. De conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal "C", en consecuencia, cítese a la ciudadana ROXSI DEL CARMEN BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V 13.316.943, domiciliada en Calle 23 de Marzo, Casa N° 173, Sector Colinas de Valle Verde, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a objeto de dar contestación a la presente solicitud. Notifíquese al ciudadano FRANCISCO BRITO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.839.163, domiciliado en: Calle Unidad, Casa N° 53, Barrio Chuparin Arriba, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a fin de que esté presente en el acto conciliatorio que intentara la ciudadana Juez entre las partes. Se le advierte a ambas partes que en la mism.....