Por las razones de hecho y derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en función de Juicio actuando como Tribunal Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui ,Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CULPABLE al ciudadano ALEXANDER JESUS ARENAS DIAZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 18.201.308, natural de Maracaibo, Estado Zulia, donde nació en fecha 13-11-1985, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Técnico Criogénico, hijo de los ciudadanos Luis Alberto Arenas y Angela María Díaz, residenciado en Sector Las Palmas cruce con Calle La Rosaleda, Casa S/N, Puerto Píritu, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de la Víctima hoy occiso NESTOR DANIEL JARAMILLO MILANO, y lo condena a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRESIDIO,.....