Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE, de conformidad con lo previsto en el articulo 450 del Código Orgánico Procesal, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados LISBETH FIGUERA CUMANA y CLAUDIO FRISOLI, en su condición de Defensores de Confianza del los imputados CHARLIE TAKAUKI MARCANO RAMOS, CARLOS ANDRES BRUCES ALEMAN, GENARO ANTONIO CUMANA VELASQUEZ, PEDRO ALEXIS ARREAZA HERNANDEZ, JOSE MIGUEL PRADO CANACHE, LUIS BELTRAN CERMEÑO MERCHAN, DOUGLAS ALEXANDER RAMIREZ PLAZA, JOSE GREGORIO CONOPOIMA HURTADO, JOSE GREGORIO MARAIMA, PEDRO JOSE MIGLIORE ARAUJO, JULIO CESAR GUZMAN GUAPACHE y VICTOR JOSE LEON BELLO, plenamente identificados en autos, contra la decisión dictada en fecha 30 de septiembre de 2011, por el Tribunal de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decret.....