DISPOSITIVA
Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la norma contenida en el Literal "b" del artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, declara INADMISIBLE por EXTEMPORANEO el presente Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado FREDDY JOSE LAYA GARCIA, en su carácter de Apoderado del ciudadano VICTOR RENE RAMIREZ CONTRERAS, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, el 17 de Enero del 2005, mediante la cual declaró SIN LUGAR la entrega formal del vehículo marca Chevrolet, modelo Cavalier, clase automóvil, tipo Sedán, año 1.999, para uso particular, color blanco, serial del motor 2WV327762, serial de carrocería 8ZJF5242WV327762, placa FAM68R, solicitado por el citado ciudadano.
Regístrese,.....