este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, Sin Lugar la apelación interpuesta por la parte demandada, ciudadano LUIS EKEP SOLORZANO GONZÁLEZ contra la decisión dictada en fecha 9 de Junio de 2005, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Sala de Juicio Nº.2., a cargo de la Dra. Ana Jacinta Durán, la cual declara Con Lugar la acción por Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana YOLANIS MARÍA JIMÉNEZ DE SOLORZANO, en representación de sus hijos JONATHAN KENNEDDY, JOSÉ LUIS y JOAO DEL VALLE SOLORZANO JIMÉNEZ, contra el ciudadano LUIS EKEP SOLORZANO y fija la obligación alimentaria en la cantidad de medio salario mínimo urbano, los cuales serán cancelados, conforme fue establecido por el A quo, a nombre de los adolescentes JONATHAN KENNEDDY, JOSÉ LUIS y del niño JOAO DEL VALLE SOLORZANO JIMÉNEZ. Se acuerda que el padre suministre el 20% de las u.....