Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en el presente asunto contentivo del juicio por NULIDAD DE ASAMBLEA, incoado por la ciudadana MILDRED JOSEFINA VICENT Vda. de LÓPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.490.212, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos LUÍS APARICIO y KARINA JOSEFINA LOPEZ VICENT, en contra del ciudadano RAMÓN ANTONIO CARMONA, Venezolano, mayor de edad, Técnico mecánico, titular de la Cédula de Identidad N° 553.142, ha operado la Perención de la Instancia, conforme a lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por haber transcurrido más de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, desde el día 11 de julio 1997, fecha en la cual esta Alzada recibió el presente asunto, hasta la presente fecha. Así se decide.