Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del Imputado: JHOVANNY JOSE GONZALEZ GONZALEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.411.879, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 16/01/1983, de 23 años de edad, de estado civil soltero, Obrero, hijo de NELSON GONZALEZ MATA y CARMEN ELENA GONZALEZ, Barrio Bello Monte calle 19 de Abril casa Nº 17, Puerto la Cruz Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 406, Ordinal 1° de la Reforma parcial del Código Penal, en perjuicio del Hoy occiso CESAR AUGUSTO VILLAFRANCA ARIAS, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1º, 2º 3° y 251 numeral 3º ambos del Có.....