Por lo razonamientos antes expresados, Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Control Nº 02 Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley RESUELVE lo siguiente: PRIMERO: Los hechos imputado al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA constituyen la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTETIVA, previsto en el articulo 458 Y 80 del Código Penal, en perjuicio DIXON JOSE PEREZ CARAGUICHE. SEGUNDO: Se decreta que la aprehensión del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, fue en flagrancia de conformidad con el articulo con el articulo 557 de la Ley orgánica para la Protección del Niño, Niña y del adolescente y 248 del Código Orgánico Procesal Penal, TERCERO: Se IMPONE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, previstas en el artículo 582 Literales "B" y "C" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, la cuales consisten en: Somet.....