IV
DECISIÒN
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional, ante el señalado abandono y al no evidenciar en el caso bajo estudio elementos que puedan afectar el orden e interés público, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, en la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, presentada por PDVSA PETRÓLEO S.A., domiciliada en Caracas, Distrito Capital, e inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 16 de Noviembre de 1.978, bajo el Nº 26, Tomo 127-A-Sdo., cuyo documento constitutivo ha sufrido diversas reformas, siendo la última de estas reformas inscrita por ante el mismo Registro Mercantil, en fecha 11 d.....