declara: CONCLUIDA, LA PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD DE GANANCIALES, intentado por el ciudadano Guillermo José Orocopey, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.905.006, domiciliado en la Calle Santa Eduviges Nº 34, Sector Boquerón Bolivariano de la Ciudad de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua, a través de su apoderado judicial Edgar Ramírez Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 22.287, en contra de la ciudadana Lucina Josefina Matías Siso, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.495.677, de conformidad con lo establecido en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, procédase a la partición de la forma como quedó establecida en el informe presentado por la partidora designada.-