En razón de lo antes expuesto, este Tribunal, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarles a los ciudadanos GUSTAVO ENRIQUE GOMEZ VILLAEL, venezolano, mayor de edad, de estado civil viudo, titular de la cédula de identidad Nº. 975. 037; EVELIN DEL VALLE GOMEZ MILLAN, GUSTAVO ENRIQUE GOMEZ MILLAN, CARLOS FERNANDO GOMEZ MILLAN Y JOSE RAFAEL GOMEZ MILLAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 8. 217. 685, 8. 217, 686, 6. 493. 980 y 7. 993. 703, respectivamente, sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara BERTHALINA MILLAN DE GOMEZ, que conforme se asentó en el Acta de Defunción acompañada al efecto, falleció en fecha 16 de marzo de 2010, era de estado civil casada, mayor de edad, de ocupación de oficios del hogar, portadora de la cédula de identidad número 2. 668. 252; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en .....