Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos Alfredo Rafael Meneses Mendil y José Lorenzo Cardier Hurtado, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos MAURA SIMONA VELAZCO DE RANGEL, CARMEN MARIBEL RANGEL VELAZCO, YENNY MARGARITA RANGEL VELAZCO, MAIDY MARIA RANGEL VELAZCO, ESTEBAN MARINO RANGEL VELAZCO, MARIA DE LOS SANTOS RANGEL VELAZCO, MARIO CELESTINO RANGEL VELAZCO, MAIRA CELESTINA, MAURI JOSEFINA RANGEL VELAZCO Y FRANCISCO ANTONIO RANGEL VELAZCO venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nº 6.733.661, 14.910.284, 16.379.168, 15.874.410, 22.850.202, 17.360.497, 20.875.887, 19.841.672, 22.876.571 Y 25.569.796 respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ESTEBAN MARINO RANGEL, quien conforme consta del acta de Defunción acompañada a la solicitud bajo examen, era .....