Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos Enrry Antonio Espinoza, Rosa Graciosa Chique Pedrique y Edith Mercedes Quiaro, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos GILBERTA DEL VALLE MARAIMA DE GARCIA, FRANCISCO DARIO GOMEZ, ISIDRO JOSE GOMEZ, CRUZ MARIA GOMEZ, JOSE ALEJANDRO GOMEZ, CARMEN LUBINA GOMEZ y RAFAEL ANTONIO GOMEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-4.904.150, V-4.220.985, V-8.218.911, V-4.218.419, V-8.224.269, V-5.490.486 y V-5.490.487 respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de Cujus SATURNINA GOMEZ QUIARO, quien conforme consta del acta de Defunción acompañada a la solicitud bajo examen, era mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-1.166.145, quien falleció en fecha 14 de Julio de 2001; quedando en todo caso a salvo los derecho.....