Este Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a los ciudadanos: NORGLA JOSEFINA CUESTA GONZALEZ, FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ, FREDDY JOSE CUESTA GONZALEZ y CARLOS EDUARDO CUESTA GONZALEZ, venezolanos mayor edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 8.974.770, V-13.498.301, V-16.249.707 y 18.229.295, domiciliados en la ciudad de El Tigre del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui,, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto FREDDY CUESTA PEREZ, de Sesenta (60) años de edad, venezolano, divorciado, titular de la cedula d identidad Nº V-3.440.863, natural Caracas Distrito y así se decide.-