Este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se Declara INCOMPETENTE para el conocimiento de la presente Solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por las ciudadanas NOELIA ALMEA SALAZAR y YENILEX MATA QUIJADA, Abogadas en ejercicio, inscritas en el Inpreabogado bajo los Números: 88.281 y 84.564 , actuando en carácter de Apoderadas Judiciales de la ciudadana: CARMEN GERTURDIS VILLARROEL DE TOVAR, venezolana, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad Número: V-1.304.289 y DECLINA el conocimiento de la presente solicitud al Juzgado del Municipio Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.- Y así se declara.-
Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este despacho. Asimismo désele la correspondiente salida al expediente y remítase con oficio al prenombrado Juzgado.-
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