Admítase. De conformidad con el articulo 387, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, cítese a la ciudadana GABRIELA CAROLINA ESTABA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.035.122, domiciliada en Boyacá V, Vereda 30, N° 08, Sector 05, Barcelona, Estado Anzoátegui, por medio de boleta para que comparezca por ante esta Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación a los fines de que exponga lo que crea conveniente en la presenta tramitación. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad se verificara un acto conciliatorio a las 10:30 a.m. Comisiónese suficientemente al ciudadano Alguacil asignado a este Despacho, a los fines de que practique la citación de la ciudadana GABRIELA CAROLINA ESTABA, quien se encuentra domiciliada en esta Jurisdicción. Asimismo se acuerda practicar sendos Informes Integr.....