En consecuencia, cítese a los ciudadanos WINTON EDUARDO CAMERO SUAREZ y HERCILIA DOMINGA GAMBOA CAEVAJAL, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 14.594.015 y 14.671.103 respectivamente, domiciliados el primero en: La Av. Andrés Bello, Calle Blasinas, casa N° 48, Caracas, Distrito Capital y la segunda en: La Calle Principal, casa s/n, Barrio Razetti II, Barcelona, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, más cuatro (04) días que se le concede al primero como término de distancia, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30.am) de la mañana y dos y treinta (2:30. pm) de la tarde, a los fines de dar contestación a la presente demanda, exhortandose para la citación del primero con facultades para sub-comisionar al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente.....