en consecuencia esta Sala de Juicio N°.02, del Tribunal de Proteccion del Niño y del Adolescente, de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el Artículo 224, último aparte del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA designar a la abogada NILDA GLECIANO, Venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 82.314, como Defensor Ad-Litem de la Ciudadana YNES ALEJANDRA LAGRECA RONDON, parte demandada en el presente Juicio de DIVORCIO, a quien se ordena notificar mediante boleta, a fin de que comparezca por ante este Tribunal, en horas de Despacho, al tercer (3er) día de Despacho a su notificación, a objeto de que manifieste su aceptación o excusa al cargo para la cual ha sido designado y de ser el primero de los casos preste el Juramento de Ley. Líbrese Boleta