Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control de Control 7, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, a JUNIOR JOSE SOTILLO TAYUPO, quien es venezolano, titular de la Cédula de identidad Nº V-18.126.378, natural de Barcelona, donde nació en fecha 04-08-83, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de los ciudadanos LUIS RAFAEL SOTILLO (d) y IRIS TAYUPO (v), residenciado en Caigua, Calle Ñamacual, casa N°.- 01, Via el pilar, yendo hacia San Miguel, Estado Anzoátegui, teléfono 0281-511607, por el delito de "ROBO ARREBATON", previsto y sancionado en el Articulo 456 en su ultimo aparte del Código Penal, vigente para ese momento, con la agravante genérica establecida en el articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protec.....