"...Ahora bien, habiendo transcurrido hasta el día de hoy el lapso antes indicado, sin que conste en autos lo que requerido, es forzoso para este Tribunal declarar INADMISIBLE la SOLICITUD DE DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus anexos, presentada por la ciudadana ROSA ELENA MAESTRE, mayor de edad, venezolana, titular de las cédula de identidad Nº V-8.648.703, debidamente asistida por las Abogadas en ejercicio DANIELA SANCHEZ y YELITZA RICARDI, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 106.464 Y 120.582, respectivamente. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley...."