en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda; PRIMERO: Declarar con lugar la solicitud de AUTORIZACION PARA VIAJAR AL EXTERIOR, y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana: MARIANGELA JOSE MENDOZA CARUPE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-19.488.464, domiciliada en la avenida Raul Leoni, Conjunto Residencial Santa Eulalia, edificio Neverí, piso 13, apartamento 2, Boyacá I, Barcelona, municipio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui, teléfono: 0412-8350180, correo electrónico: mendozamariangela35@gmail.com, debidamente asistida por la Defensora Pública Cuarta de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, DRA. GLADYS MAITA, en beneficio de.....