Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos GLADYS URSOLINA QUIJADA GONZALEZ y JESUS JOSE ORTEGA MARCANO, ambos plenamente identificados en los autos, y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha OCHO DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO (08 de Abril de 1978), por ante la Prefectura del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.-
En cuanto a la partición de los bienes adquiridos durante el matrimonio, se hará una vez disuelto el vínculo matrimonial y así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la sentencia.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los Dos (02) días del mes de Mayo del Dos Mil Once, Años 201°.....