Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por el ciudadano: EDISON JOSE SANCHEZ TIRADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.220.821, domiciliado en la calle El Carmen Nº13-5 Buenos Aires Barcelona,, SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES de la ciudadana MARIA AUXILIADORA TIRADO PEREZ, fallecida el día 19 de Diciembre del año 2011, quien era venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-3.173.685 a sus hijos YALITZA DEL VALLE Y MARLY JOSEFINA "SANCHEZ TIRADO" (Se Omite de Conformidad con el artículos .....