Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme a los artículos 250 y 251 del Código Orgánico procesal Penal en contra de los imputados: EDER WILMER DIAZ BAUTISTA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.975.553, natural de San Antonio del Táchira, Estado Táchira, donde nació en fecha 09/01/1981, de 25 años de edad, soltero, Mecánico Automotriz, hijo de Jorge Díaz (df) y Gladis Bautista (v), residenciado en Caricuao, Sector UD3, Bloque 5, N° 28, Caracas; y SANDER GIUSEPPE CAMPOS ROMERO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.049.414, natural de Caracas, DC., donde nació en fecha 24/04/1975, de 30 años de edad, soltero, Soldador-Herrero, hijo de Alfredo Campos (v) y Carmen Romero (v), residenciado en Avenida S.....