Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 05, del Circuito Judicial Penal del Estado  Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda LA LIBERTAD PLENA E INMEDIATA, a los ciudadanos: MARINO RIKI FLORES quien es venezolano, Indocumentado, natural de  Tucupita, Estado Delta Amacuro, donde nació en fecha 21-07-49, de 56 años de edad, de estado civil casado, de oficio Tornero, hijo de  EVANGELINA FLORES Y PADRE DESCONOCIDO, residenciado en la calle principal, N° 70, Sierra Maestra, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, y MANUEL JOSE REYES, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 6.767.309, natural de Margarita, Estado Nueva Esparta, donde nació en fecha 02-04-69, de 35  años de edad, de  estado civil soltero, de  oficio obrero, hijo de  CARMEN ORTIZ  Y  GUILLERMO CHACIN PACHECO, residenciado en los Boqueticos a la  orilla  de  la  playa  cerca del  Boulevard  del  Paseo  Colón.....