Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del ciudadano LUIS CAMEJO GONZÁLEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.076.828, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 06/06/1980, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio policía naval de la armada (activo), hijo de los ciudadanos Luis Agustín Delgado (v) y Luzmila Inocencia de Camejo (v), residenciado en la Calle 5 de Julio, Casa Nº 8-A, Las Delicias, frente a la agencia de loterías “El Venao”, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, con fundamento al Principio del Debido proceso, presunción de inocencia, afirmación de libertad y derecho a la defensa contenido en los artículo 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, r.....