este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de Únicos y Universales Herederos del de Cujus Agustín German Lezama, a los ciudadanos Juana del Valle Lezama, Jacinto Lezama Mata, Honoria Lezama de Cordova, Francisca Javier Lezama Mata, Aguedo German Lezama Mata, Alfonza Melania Lezama Mata, Verónica Lezama Mata, Ángela del Valle Lezama Mata, Santiago Ángel Lezama Medina, Cornelio Jesús Lezama Medina, en su condición de hijos; dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros, en cuanto a las ciudadanas Lucrecia Mata, Juana Evangelista Mata, este Tribunal se abstiene de declarar a las mismas, por cuanto se evidencia de sus actas de nacimiento que no fueron reconocidas por el de cujus Agustín German Lezama.- Devuélvase original al solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribuna.....