esta Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la notificación del Procurador o Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia se suspende la presente causa por un lapso de cuarenta y cinco (45) días continuos, contados a partir de la consignación en el expediente de la constancia de dicha notificación; a tal efecto se ordena remitir copia certificada del libelo de demanda, auto de admisión (folios 143 y 144), escrito de contestación de demanda (folios 200 al 205), decisión dictada por este Juzgado en fecha 30 de mayo de 2.003, decidiendo las cuestiones previas opuestas, (folios 206 y 207), decisión definitiva dictada por este Juzgado en fecha 20 de julio de 2.004, (folios 269 al 278), y decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección de.....