este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano MANUEL JESUS GONZALEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 13.318.806, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 07-06-1977 , de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, grado de instrucción Cuarto Año de Bachillerato hijo de los ciudadanos LUIS MANUEL SERRANO (df) y de BENITA GONZALEZ (v) , residenciado en Calle Betania, Casa N° 07, Sector Las Delicias, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui. por encontrarlo incurso en la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana JOSEFINA MIRANDA, todo de conformidad los numerales 2, 3, y parágrafo 1 del artículo 251 y el numera.....