Por las razones expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra ALCIDES RAFAEL PALMA CACERES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.280.266, residenciado en el Barrio Los Rosales, Calle Brisas del Cari, casa N° 03, El Tigre, Estado Anzoátegui, FELIX MANUEL RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.213.174, residenciado en la Urbanización Tronconal Quinto, vereda 18, N° 05, sector 07, Barcelona, Estado Anzoátegui, Y ENNA TERESA NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.909.256, residenciado en el Conjunto Residencial Píritu, edificio 02, piso 03, apartamento 06, Puerto Píritu, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRO.....