Éste JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETÓ EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, seguidas en contra de los ciudadanos CARLOS RAFAEL SOMACA, DAYFRE ALEXANDER VALLEJO SALAZAR y KLEIVER VALLEJO SALAZAR, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en los artículos 413 del Código Penal y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 Ejusdem, con el cese inmediato de todas la medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas a éste, así como la condición de imputado del referido ciudadano, y por tanto, su LIBERTAD PLENA, haciendo el señalamiento expreso de que el Ministerio Público sólo podrá reabrir la investigación cuando surjan nuevos elementos que lo justifiquen, previa autorización de este Juzgador; ello co.....