Este Tribunal, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, declara al ciudadano PEDRO JESUS MARIN QUIJADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.511.982, de este domicilio, como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, de la extinta CARMEN JOSEFINA RODRIGUEZ DE MARIN, quien era de venezolana, donde nació el día 24-06-1.953, natural de la Isla de Margarita, Estado Nueva Esparta, de Cincuenta y Ocho años de edad, casada, de oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.466.165 y domiciliada en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, y así se decide.-
Expídanse por Secretaría copias certificadas de la solicitud.-