Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES Y EN CONSECUENCIA EL CESE INMEDIATO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS impuestas a los ciudadanos: YESICA DAYANA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.117.509, JOSE RAMON GUAREGUA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.765.545 y DANYERVISKIS GONZALEZ venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-17.730.070, todos residenciados en Mesones, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, HURTO CON DESTREZA y LESIONES PERSONALES DE TIPO BASICO ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previstos y sancionados en los artículos 218 encabezamiento, 452 ordinal 4° y 413 del Código Penal, en a.....