IV
DECISIÓN
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de Barcelona, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos en la incidencia de cuestiones previas de la presente Demanda por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO, incoado por el ciudadano ANTONIO AGUSTIN SOLANO ARAY, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.236.616, en contra de los ciudadanos ORLANDO ALBERTO BRITO, OLINDA MARGARITA BRITO VERGARA, LUIS ALFREDO BRITO GARCIA y TOMAS ALBERTO BRITO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.669.445, V-4.495.022, V-4.499.493 y V-5.193.276, respectivamente, y en consecuencia DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa opuesta por la parte demandada, conteni.....