Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Control No 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES que conforman el presente Asunto Principal, así como el CESE de la condición de imputado del ciudadano DENNYS MANUEL ALVES RODRIGUEZ, quién es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.910.204, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 07-05-1982, de 23 años de edad, de Estado Civil soltero, de profesión u oficio Buhonero, hijo de ALIDA JOSEFINA RODRIGUEZ DE ALVES (v) y JOSE MANUEL ALVES FERREIRA DA SILVA residenciado en Barrio el Esfuerzo, Calle Anzoátegui, Nº 06, Barcelona, Estado Anzoátegui, de la misma manera se acuerda el Cese de las Medidas Cautelares Sustitutivas que le fueran impuestas en fecha 10 de Septiembre del 2004, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código .....