Désele entrada.- Admítase. Fórmese expediente. En consecuencia, cítese a la ciudadana DAISY DEL CARMEN MACADAN, domiciliada en: la ciudad de Puerto La Cruz, Calle San Félix, casa N° 33, Sector El Pensil, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30.am) de la mañana y dos y treinta (2:30. pm) de la tarde, a los fines de exponer sus alegatos con relación a la presente demanda. Igualmente se ordena oír a la niña STEPHANIE DEL VALLE PAREJO MACADAN, conforme a lo previsto en el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. Notifíquese del Inicio de la presente demanda a la Fiscal Decimotercera del Ministerio Público. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 ejusdem, se indica que la .....