Désele entrada.- Admítase. Fórmese expediente.- En consecuencia, cítese a la ciudadana ISBELI DEL CARMEN GARCIA BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.578.117, domiciliada en: Urbanización Guanire, sector B, vereda Sur-2, casa N° 87, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoategui, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30.am) de la mañana y dos y treinta (2:30. pm) de la tarde, a los fines de dar contestación a la presente demanda. Líbrese boleta. Asimismo se ordena la realización de sendos informes sociales en los hogares de los ciudadanos JOSE ANTONIO ZABALA MOYA e ISBELI DEL CARMEN GARCIA BARRETO, además de la practica de evaluación Psicológica y Psiquiátrica al grupo familiar, es decir: niña y pareja del padre). Comi.....