PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación presentada por el Ministerio Publico, en contra del imputado LUIS ALFREDO MAITAN ARAI, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 458 y 218, del Código Penal, cometido en perjuicio de LEONEL FERNANDEZ FLORES, por cuanto la misma reúne los requisitos establecidos en el articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se admiten las Pruebas ofertadas por las partes, que serán aprovechadas conjuntamente en el Juicio Oral y Publico por ser útiles, pertinentes y necesarios, en virtud de que las mismas se encuentran relacionadas directamente con el objeto de la investigación, a los fines de demostrar la verdad de los hechos.
TERCERO: Una vez Admitida la Acusación este Tribunal advierte al acusado LUIS ALFREDO MAITAN ARAI, no sin antes advertirles de los preceptos constitucionales contenidos en los numerales 2º y 5º del articulo 49 de la Constitución de.....