Este Tribunal, con vista a la documentación acompañados a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por las ciudadanas EVEN EVELIA RUIZ ZAMORA y BREYDIS ITALA VIGGIANY, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos FELIX GUTIERREZ, DULCE MARIA GUTIERREZ SUBERO y FATIMA DEL VALLE GUTIERREZ SUBERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-773.972, V-14.817.831 y V-17.746.111 respectivamente la condición de UNICOS Y UNIVERSAL ES HEREDEROS de la decujus CLARISA JOSEFINA SUBERO DE GUTIERREZ, quien era venezolana, Casada, Ama de Casa, titular de la Cédula de Identidad número V-4.915.855, Natural Río Caribe, Estado Sucre, de 53 años de edad, quien falleció en fecha 17 de Agosto de 2009, en la Calle Pinto Salinas N° 34, Sector la Charneca, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, conforme consta de documentación inserta en autos; quedando en todo caso a salvo los.....