Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la acción de DESALOJO interpuesta por la ciudadana: GLADYS DOLORES CASADO, a través de apoderado, en contra del ciudadano: JOSÉ RAMON GARCÍA ZAMORA, ambas partes plenamente identificadas en autos. En consecuencia, la parte Demandada deberá hacer entrega material a la parte actora, del Inmueble ubicado en la urbanización San Antonio, manzana XVI, en parcela distinguida con las siglas XVI-44, calle 2 de la primera etapa, de este ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui; totalmente libre de bienes y personas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 274 del Código Orgánico Procesal Penal se condena en costas a la parte Demandada, por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio.-