En consecuencia, este Tribunal Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano RONNY FAJARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 16.491.893, por la comisión del delito de "POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS", previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para la época, por ser esta la que mas beneficia al imputado, asunto incoado por la Fiscalía novena del Ministerio Público, cometido en perjuicio de la COLECTIVIDAD, con la anuencia del Fiscal del Ministerio Público y a solicitud del Defensor conforme al Artículo 45 en concordancia con el artículo 48 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 318 Ordinal 3° Ejusdem.
SEGUNDO: Por lo que igualmente es procedente y ajustado a Derecho decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad a lo establecido en el Artículo 45 en concordancia con el Artículo 48º, .....