Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente juicio de DAÑOS MATERIALES derivados de Accidente de Tránsito, que hubieren incoado los ciudadanos VÍCTOR RAMÓN VELÁSQUEZ RODRÍGUEZ, CLARO IGNACIO CRIBA y MARÍA MAGDALENA MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.480.825, 8.458.229 y 8.969.146 respectivamente, domiciliados en el caserío Mare-Mare, Municipio Autónomo Freites, Estado Anzoátegui, asistido por el abogado en ejercicio José Luís Alfonzo, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Caracas y en esta de tránsito, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 56.259, en contra de HUABEI PETROLIUM SERVICIE C.A., sociedad mercantil, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción judicial.....