DISPOSITIVA
Por las consideraciones precedentes, este Tribunal de Ejecución Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA MANTENER la Medida de LIBERTAD ASISTIDA impuesta por el plazo de SEIS (06) MESES al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES EN GRADO DE AUTOR, previsto en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ROINE JOSE BARRETO, determinando que ha cumplido DOS (02) MES, VEINTISEIS (26) DIAS , FALTANDO POR CUMPLIR TRES (03) MESES, CUATRO (04) DIAS, siendo la fecha probable de culminación de la sanción el 09 DE JUNIO DE 2013; todo conforme lo indicado en los artículos 614, 626, 629, 647 literales a) y e) de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en relación con el artículo 666 Ejusdem.-