Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA a las ciudadanas, EGLEE AGUILERA, venezolana, titular de la cedula de identidad 14.911.154, soltera, de 28 años de edad, de profesión Técnico Pre-Escolar, nacida en Barcelona en fecha 07/08/1979, hija de los ciudadanos JOSE MANUEL AGUILERA y MARIELA TERESA GUAICARA, residenciada en Puerto Píritu, sector planta, vereda 2, casa s/n, al lado de la Herrería los Amigos, Estado Anzoátegui, MARIELA AGUILERA, quien es venezolana, titular de la cedula de identidad 14.911.153, estado civil soltera, de 27 años de edad, de profesión u oficio estudiante, nacida en Puerto Píritu en fecha 05/12/1980, hija de los ciudadanos JOSE MANUEL AGUILERA y MARIELA GUAICARA, residenciada en el Sector la planta, vereda II, .....